[vc_column css=».vc_custom_1560701587242{padding-bottom: 50px !important;}»]El pasado 20 de septiembre, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo publicó una nueva versión del Informe de requisitos de marcado CE. En este caso para la instalación y modificación de puertas industriales, comerciales, de garaje, portones y barreras. Este Informe sustituye la versión 7, publicada en 2017. Y refunde algunos aspectos del Reglamento de productos de construcción (RPC), Directiva de máquinas (DM) y Directiva de compatibilidad electromagnética (DCE). Las empresas del sector de las puertas automáticas pueden apoyarse en este documento para aclarar con clientes aspectos que generan confusión.

El documento se puede descargar desde el enlace:

http://www.f2i2.net/legislacionseguridadindustrial/Si_Ambito.aspx?id_am=1000

También puede descargarse directamente el documento en el siguiente botón:

Descargar Informe Ministerio versión 8

 

Entre los aspectos más destacados, se detalla cómo actuar y qué documentación debe generarse en:

Modificación de puertas ya instaladas (apartado 5.3.), en el que se identifica cuándo se considera una modificación sustancial  y el procedimiento para su marcado CE y puesta en conformidad.
Propietarios de las puertas: ¿Qué comprobar al comprar una puerta y cómo mantenerla adecuadamente? (apartado 7)
Documentación y declaraciones de conformidad a generar con cada puerta fabricada o modificada.

Datos necesarios a incorporar en las Declaración de prestaciones y Declaración UE/CE de conformidad (apartado 5.1.2.)

Por otra parte, se han reforzado y desarrollado, con más detalle, algunos conceptos que estaban incluidos en versiones anteriores como la obligatoriedad del marcado CE y la  diferencia entre fabricante e instalador. Además, este informe también sirve de guía para los requisitos a verificar por parte de los técnicos de la Administración en sus campañas periódicas de revisión de puertas, por lo que es conveniente ajustarse a él.

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